Oposiciones a
Policía Nacional
en Barcelona
Academia centro de preparación para las oposiciones a
Policía Nacional en Barcelona
Requisitos
Todos los opositores deberán cumplir los siguientes requisitos para opositar a Policía Nacional:
Tener cumplidos 18 años y no haber alcanzado la edad de jubilación.
No haber sido condenado por delito doloso, ni separado del servicio del Estado, de la Administración Autonómica, Local o Institucional. No hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
No hallarse incluido en ninguna de las causas de exclusión física o psíquica que impidan la capacidad funcional u operativa necesaria para el desempeño de las tareas propias de la Policía Nacional.
Compromiso de portar armas y, en su caso, llegar a utilizarlas, que se prestará a través de declaración del solicitante.
Pruebas
Según las últimas convocatorias, la fase de oposición constará de las siguientes pruebas de carácter eliminatorio:
Primera prueba (aptitud física)
Esta prueba consistirá en la realización de los ejercicios físicos que se describan en la convocatoria.
La calificación de cada ejercicio será de cero a diez puntos, según lo establecido en dicha convocatoria, teniendo en cuenta que la obtención de cero puntos en cualquiera de ellos supone la eliminación del aspirante.
La calificación de la prueba será la media de las obtenidas en cada ejercicio, debiendo alcanzarse al menos cinco puntos para aprobar.
Cuando lo estime pertinente y de forma aleatoria, el Tribunal Calificador podrá realizar pruebas de consumo de sustancias o grupos farmacológicos prohibidos, de estimulantes o cualquier tipo de dopaje, según las normas del Consejo Superior de Deportes, destinados a aumentar la capacidad física o a modificar los resultados de la prueba. Quedando eliminados los que den positivo al consumo de dichas sustancias.
Por razones de seguridad, en los ejercicios físicos que se realicen en polideportivo cubierto no se permitirá el acceso de público. La carrera de 1.000 metros sí será pública, al desarrollarse en pista al aire libre. No se permitirá su grabación por medios audiovisuales al poder afectar a la seguridad, al derecho a la intimidad personal y la propia imagen de los aspirantes.
Para la realización de la prueba, los opositores deberán presentarse vestidos con atuendo deportivo, y entregar al Tribunal un certificado médico, en el que se haga constar que el aspirante reúne las condiciones físicas precisas para realizar las referidas pruebas deportivas. La no presentación de dicho documento supondrá la exclusión del aspirante del proceso selectivo.
Segunda prueba (de conocimientos y ortografía)
Constará de dos partes eliminatorias:
a) Consistirá en la contestación por escrito en cincuenta minutos, a un cuestionario de cien preguntas, con un enunciado y tres alternativas de respuestas de las que solo una es verdadera, relacionadas con el temario. Los errores penalizan conforme a la fórmula siguiente: A – [E/ (n-1)], siendo «A» el número de aciertos, «E» el de errores y «n» número de alternativas de respuesta.
Cada una de las cien preguntas tiene un valor de un punto. El Tribunal establece que serán considerados aptos en esta prueba los opositores que hubiesen obtenido al menos 50 puntos, tras la aplicación de la fórmula expresada en el párrafo anterior.
b) Consistirá en la contestación por escrito a un cuestionario para evaluar la capacidad ortográfica del opositor. Para su calificación se utilizará la fórmula de corrección aplicada a la prueba de conocimientos. La calificación será de «apto» o «no apto».
Los interesados dispondrán de un plazo de dos días naturales, a partir del siguiente al de su publicación, para impugnar cualquiera de las preguntas integrantes de los cuestionarios de conocimientos y ortografía. Bajo criterios de celeridad, economía y eficacia, las impugnaciones se deberán de presentar al Tribunal a través de la dirección del correo electrónico: secretariaprocesos.dfp@policia.es
Tercera prueba
Constará de tres partes eliminatorias:
a)Reconocimiento médico
Dirigido a comprobar que no concurren en el aspirante ninguna de las causas de exclusión a que se refiere la Orden de 11 de enero de 1988. El punto 2 de dicha orden que corresponde a la obesidad-delgadez, este apartado se evaluará a través del índice de masa corporal (IMC).
Peso: No serán aptos aquellos aspirantes, que presentando características morfológicas de obesidad, tengan un índice de masa corporal superior a 28 en hombres y mujeres. En ambos sexos, dicho índice no podrá ser inferior de 18.
La realización de la parte a) implica el consentimiento de los aspirantes para que los resultados del reconocimiento médico sean puestos a disposición del Tribunal Calificador a los fines expresados y sirvan de fundamento para la evaluación y calificación de la misma. Se aplicarán a los aspirantes las técnicas médicas de uso convencional que se estimen oportunas, incluida la analítica de sangre y orina.
Las toxicomanías a que se refiere el punto 4.3.5 del cuadro de exclusiones médicas para ingreso en el Cuerpo Nacional de Policía (Orden de 11 de enero de 1988) se evaluarán atendiendo a las recomendaciones de la SOHT (Society of Hair Testing), que establece unas concentraciones mínimas, diferentes dependiendo del tipo de sustancia detectada, que evidencian un consumo habitual de las mismas. La calificación de la parte a) será de «apto» o «no apto».
b) Entrevista personal
Tras la previa realización de un test de personalidad y de un cuestionario de información biográfica, junto con la presentación de un curriculum vitae y de la vida laboral, que el opositor aportará en la fecha de ejecución de la entrevista, se explorarán los factores de socialización, comunicación, motivación, rasgos de personalidad, rasgos clínicos y cualidades profesionales.
La calificación de la parte b) será de «apto» o «no apto».
c) Test psicotécnicos
Consistirán en la realización de uno o varios test dirigidos a determinar las aptitudes (inteligencia general) del aspirante para el desempeño de la función policial con relación a la categoría a la que se aspira. Para su calificación se utilizará la fórmula de corrección aplicada a la prueba de conocimientos y ortografía.
El resultado de esta parte c), establecerá el orden descendente de notas, de mayor a menor, de los opositores. Se declararán aptos a un número de opositores igual al de plazas convocadas.
El resultado final de la tercera prueba será de «apto» o «no apto».
Ejercicio voluntario de idioma
Los opositores podrán realizar con carácter voluntario, un ejercicio de conocimiento de los idiomas inglés o francés (solo uno de ellos), que podrá mejorar hasta un punto la nota final de la oposición.
Los opositores optarán por el ejercicio voluntario de idioma en la solicitud de participación en el proceso (recuadro «idioma voluntario»).
La opción efectuada fuera de dicha solicitud no se tendrá en cuenta.
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