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Oposición
Ayudantes de Instituciones Penitenciarias

Convocadas 900 plazas en la OPE 2022 y 950 plazas en la OPE 2021 para ayudante de Instituciones Penitenciarias.

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Requisitos

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Todos los opositores deberán cumplir los siguientes requisitos para opositar a ayudantes de Instituciones Penitenciarias.

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Tener la nacionalidad española.

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Tener cumplidos 18 años y no haber alcanzado la edad de jubilación.

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Estar en disposición del título de Bachiller.

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No haber sido condenado por delito doloso a penas privativas de libertad mayores de tres años, a menos que se hubiera obtenido la cancelación de antecedentes penales o la rehabilitación.

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Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

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No haber sido separado, mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los Organismos Constitucionales o Estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por Resolución Judicial, para el acceso a Cuerpos o Escalas de funcionarios, ni pertenecer al mismo Cuerpo, Escala o Especialidad a cuyas pruebas selectivas se presenten.

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También podrán participar los aspirantes que tengan la condición de funcionarios de Organismos Internacionales, que posean la nacionalidad española y la titulación exigida en la convocatoria.

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Pruebas

Fase de oposición

La fase de oposición tendrá una duración máxima de seis meses y estará formada por tres ejercicios, todos ellos de carácter eliminatorio.

 

Primer ejercicio

Consistirá en contestar por escrito un cuestionario de 150 preguntas con cuatro respuestas múltiples, que versará sobre el contenido completo del programa, siendo una sola la correcta, teniendo todas ellas el mismo valor. Las contestaciones erróneas se penalizarán con un tercio del valor de una contestación y las preguntas en blanco no penalizan.

Este ejercicio se calificará con una puntuación de 0 a 20 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 10 puntos para acceder al siguiente ejercicio. La calificación de los aspirantes resultará de las puntuaciones transformadas, que se deriven de los criterios adoptados por el órgano de selección, en relación con la convocatoria.

La duración del ejercicio será de dos horas y quince minutos. Este primer ejercicio se desarrollará en la Comunidad de Madrid.

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Segundo ejercicio

Consistirá en resolver por escrito sobre 10 supuestos de carácter práctico. Cada supuesto contendrá 5 preguntas con cuatro respuestas múltiples, que versará sobre el contenido completo del programa, siendo una sola la correcta, teniendo todas ellas el mismo valor. Las contestaciones erróneas se penalizarán con un tercio del valor de una contestación y las preguntas en blanco no penalizan.

La calificación de este ejercicio será de 0 a 20 puntos. Los aspirantes deberán obtener un mínimo de 10 puntos para superarlo. La calificación de los aspirantes resultará de las puntuaciones transformadas que se deriven de los criterios adoptados por el órgano de selección en relación con la convocatoria.

La duración máxima será de una hora y cuarenta minutos. Este segundo ejercicio se desarrollará en la Comunidad de Madrid

La calificación de la fase de oposición vendrá determinada por la suma total de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios.

Pasarán a la siguiente prueba únicamente aquellos aspirantes que hubieran obtenido mejor puntuación, hasta el número de plazas convocadas.

Tercer ejercicio: Prueba de aptitud médica

Esta prueba está dirigida a comprobar que los aspirantes no tienen ninguna causa de exclusión médica, según se establezca en la convocatoria.

Las pruebas médicas establecidas se realizarán bajo la supervisión del personal facultativo de la Administración del Estado que el Tribunal designe y se realizarán en las dependencias que se indiquen, con la publicación de los resultados del segundo ejercicio.

La prueba de aptitud médica se realizará en el número de sesiones que sean precisas.

Los aspirantes serán calificados como “aptos” o “no aptos”, siendo necesario obtener la calificación de “apto” para poder superar esta prueba y la oposición.

Si el número de declarados “aptos” en esta prueba fuera inferior al número de plazas convocadas, el Tribunal podrá citar para la realización de la misma el número de aspirantes necesarios, de los que hayan superado los dos primeros ejercicios, según el orden de puntuación obtenido.

El Tribunal no podrá aprobar a un número superior de aspirantes al de plazas convocadas.

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Curso selectivo y período
de prácticas

 

 

 

 

 

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Los aspirantes que superen la fase de oposición y que tras la presentación de la documentación solicitada, y verificado el cumplimiento de los requisitos establecidos en la convocatoria, serán nombrados funcionarios en prácticas del Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias, y tendrán que realizar un curso selectivo y un período de prácticas.

Curso selectivo

El curso selectivo se estructurará en dos fases. Una de formación centralizada, que será obligatorio asistir al 80 por cierto de las jornadas lectivas para la realización del examen, que deberá ser superado para pasar a la siguiente fase. Consistente en una fase de prácticas tuteladas en los Centros Penitenciarios. El curso selectivo se calificará como “apto” o “no apto”.

El curso selectivo tiene carácter obligatorio, para obtener la calificación de «apto» será requisito imprescindible que el funcionario en prácticas haya realizado al menos el 80 por ciento de las jornadas del curso selectivo.

Los aspirantes que no superen el curso selectivo no pasarán a realizar el período de prácticas.

Período de prácticas

En este período los funcionarios en prácticas realizaran funciones propias del Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias en los Centros Penitenciarios.

Durante el período de estas prácticas evaluables, se realizará el seguimiento necesario de la actuación de los aspirantes para constatar las aptitudes y actitudes personales respecto al ejercicio de sus funciones, estableciéndose para ello los controles necesarios para su evaluación.

Si durante el desarrollo de este período alguno de los funcionarios en prácticas, pusiese de manifiesto, de manera grave y ostensible su incapacidad para desempeñar la función para la que ha sido seleccionado, la Administración Penitenciaria podrá, mediante resolución motivada, dar de baja al aspirante en dicho período, aún cuando el período no hubiese finalizado.

Este período será evaluable y la calificación será de “apto” o “no apto”, siendo requisito imprescindible, además de ser informado como “apto” por el órgano encargado del seguimiento en el centro penitenciario y así asumido por el órgano encargado de la evaluación final, el haber realizado el 75 por 100 del período de prácticas en centros penitenciarios.

Ambos períodos, de curso selectivo y período de prácticas, tendrán una duración máxima de dieciocho meses.

Por resolución del Secretario General de Instituciones Penitenciarias se fijará el órgano encargado de realizar la evaluación de ambos períodos, así como el programa y las materias objeto de evaluación.

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