Los aspirantes que superen la fase de oposición y que tras la presentación de la documentación solicitada y verificado el cumplimiento de los requisitos establecidos en la convocatoria, serán nombrados funcionarios en prácticas del Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias, y tendrán que realizar un curso selectivo y un período de prácticas.
Curso selectivo
El curso selectivo se estructurará en dos fases. Una de formación centralizada, que será obligatorio asistir al 80 por cierto de las jornadas lectivas para la realización del examen, que deberá ser superado para pasar a la siguiente fase, consistente en una fase de prácticas tuteladas en los Centros Penitenciarios. El curso selectivo se calificará como “Apto” o “No Apto”.
El curso selectivo tiene carácter obligatorio, para obtener la calificación de «Apto» será requisito imprescindible que el funcionario en prácticas haya realizado al menos el 80 por ciento de las jornadas del curso selectivo.
Los aspirantes que no superen el curso selectivo no pasarán a realizar el período de prácticas.
Período de prácticas
En este período los funcionarios en prácticas realizaran funciones propias del Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias en los Centros Penitenciarios.
Durante el período de estas prácticas evaluables, se realizará el seguimiento necesario de la actuación de los aspirantes para constatar las aptitudes y actitudes personales respecto al ejercicio de sus funciones, estableciéndose para ello los controles necesarios para su evaluación.
Si durante el desarrollo de este período alguno de los funcionarios en prácticas, pusiese de manifiesto, de manera grave y ostensible su incapacidad para desempeñar la función para la que ha sido seleccionado, la Administración Penitenciaria podrá, mediante resolución motivada, dar de baja al aspirante en dicho período, aún cuando el período no hubiese finalizado.
Este período será evaluable y la calificación será de “Apto” o “No Apto”, siendo requisito imprescindible, además de ser informado como “Apto” por el órgano encargado del seguimiento en el Centro Penitenciario y así asumido por el órgano encargado de la evaluación final, el haber realizado el 75 por 100 del período de prácticas en Centros Penitenciarios.
Ambos períodos, de curso selectivo y período de prácticas, tendrán una duración máxima de dieciocho meses.
Por Resolución del Secretario General de Instituciones Penitenciarias se fijará el órgano encargado de realizar la evaluación de ambos períodos, así como el programa y las materias objeto de evaluación.